El Fondocuenta del Impuesto al Consumo de Productos de Origen Extranjero, es una cuenta pública especial dentro del presupuesto de la Federación Nacional de Departamentos creada por la Ley 223 de 1995, sujeta a las normas y principios que regulan la contabilidad general del estado y a normas y principios establecidos en la Ley Orgánica del Presupuesto en lo pertinente, A través del Fondo se RECAUDAN, ADMINISTRAN y GIRAN, los recursos obtenidos por el pago del Impuesto al Consumo de Licores, Cervezas y Cigarrillos de origen extranjero.

Desde inicio de operaciones del Fondocuenta (Marzo de 1997), mediante Resoluciones 001 de 1996 y 007 de 2007 la Asamblea General de Gobernadores y el Alcalde Mayor de Bogotá, dispusieron que la administración de los recursos del Fondo se podría contratar a través de encargo fiduciario, fiducia pública o cualquier otro mecanismo legalmente posible para cumplir satisfactoriamente con la labor encomendada por la Ley, ya que la misma requiere de una infraestructura operativa, financiera y administrativa robusta.

A lo largo de los más de 20 años, el modelo fiduciario diseñado para la eficiente administración de los recursos ha sufrido varios cambios tendientes a mejorar la calidad de la información relativa al comportamiento del impuesto al consumo. De tal manera la FND, en los diferentes procesos de selección de sus operadores fiduciarios diseña estructuras administrativas que contemplan todos los aspectos que se deben contemplar durante las tres grandes fases del ciclo vital del impuesto como lo son el recaudo, la inversión de los recursos y los giros a los departamentos conforme a los consumos realizados en cada uno de ellos en determinados periodos de tiempo.